El Alto Tribunal andaluz considera que la orden que regula el Programa de Calidad contradice varios aspectos de la Ley de Educación de Andalucía
SEVILLA, 20 Jul.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) con sede en Sevilla ha anulado la orden de la Consejería de Educación de febrero de 2008 por la que se regula el polémico 'Programa de Calidad y Mejora de los rendimientos escolares en los centros docentes públicos', después de que el sindicato USTEA presentara un recurso contra la misma "en representación de la mayoría del profesorado" por considerar, entre otras cuestiones, que ésta contradecía lo establecido en la Ley de Educación de Andalucía (LEA).
Dos años después de presentar dicho recurso, pues, el TSJA ha resuelto "anular" la mencionada orden y obligar a la Administración a publicar este fallo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), según se detalla en la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press.
No obstante, la Consejería de Educación dispone de un plazo de días días desde la notificación de este fallo para interponer un recurso de casación, extremo éste que aún no fue confirmado por la Administración educativa.
Como se recordará, el Plan de Calidad --al que se han acogido este curso 2009-2010 un total de 1.662 centros-- generó desde su implantación en los primeros meses de 2008 un aluvión de reacciones por parte de todos los sectores de la comunidad educativa, incluidos los propios centros escolares que, en la primera convocatoria, rechazaron adherirse al plan en un 65 por ciento de los casos en Primaria y un 85 por ciento en Secundaria, según los datos aportados por Educación en aquel momento.
Además, sindicatos como CGT, USTEA, SADI o APIA incluso llegaron a convocar paros en los colegios e institutos públicos andaluces por entender que este plan sólo perseguía "comprar al profesorado" con los incentivos de 7.000 euros previstos en la orden para aquellos profesores que se acogieran al programa.
También el Partido Popular de Andalucía reclamó la retirada de la orden a principios del curso 2008-2009 cuando la Junta anunció que su objetivo era que el 50 por ciento de los centros se adhieran voluntariamente al Plan de Calidad y otros sindicatos como CCOO ya han pedido en alguna ocasión la "modificación e introducción de cambios" en el programa pero, en este caso, "para avanzar en la generalización del programa", según indicó a Europa Press el secretario general de Enseñanza del sindictao, José Blanco.
Ahora la sentencia del TSJA, según la interpretación del responsable de Acción Sindical en Enseñanza de USTEA, José Segovia, "viene a corroborar lo que ya se sabía, que es una norma muy mal hecha, sin pies ni cabeza dentro de la educación andaluza" y que "cargaba el mochuelo de su propia inoperancia en el profesorado estableciendo incentivos económicos ligados a mejoras de los resultados en el papel".
Con ello, según criticó Segovia, la Consejería de Educación se "lavó las manos y eludió adoptar medidas reales y eficaces para la mejora del sistema educativo y de los resultados escolares como la ampliación de plantillas y bajada de las ratios, la cobertura de bajas, la formación del profesorado, la homologación retributiva real del profesorado o mejora de los centros y de sus infraestructuras y equipamientos".
ARGUMENTOS DEL TSJA
La sentencia se basa para la anulación de la orden desarrollada por la Consejería de Educación en que ésta no cumple la exigencia de la "falta de contradicción con la norma al amparo de la cual se dicta", es decir, con la LEA.
Según el TSJA, la LEA vincula el establecimiento de incentivos económicos anuales para el profesorado "a la consecución de los objetivos educativos", algo que la mencionada orden, sin embargo, "regula de forma separada", ya que el seguimiento que la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa y la Inspección hacen del Plan de Calidad se realiza después del tercer curso desde que el centro se incorpora al programa, pero los efectos económicos (incentivos) para el profesorado de los centros incluidos en el programa y que hayan suscrito el compromiso de participación, se perciben desde el primer año.
En concreto, durante el primer curso de aplicación del programa son 600 euros; en el segundo, 1.200 euros; durante el tercero, 1.200 ó 1.800 euros, según si el profesorado ha permanecido uno o los dos cursos anteriores en el centro, y finalmente, en el curso siguiente, el incentivo se calcula a través de una fórmula matemática.
Por ello, el Alto Tribunal andaluz concluye que "estos incentivos no se vinculan, ni en su percepción ni en su cuantía, con la consecución de los objetivos".
Además, también dice el TSJA que la orden del Plan de Calidad contradice la LEA cuando "atribuye la competencia del Plan de Centro y, por tanto, su aprobación aunque sea parcial, al claustro" en lugar de al Consejo Escolar como establece el artículo 135 de la Ley de Educación de Andalucía, donde se especifica que es "el Consejo Escolar el que aprobará y evaluará el Plan de Centro".
Así pues, el hecho de que en la orden sólo se dé instrucciones al director del centro para que "informe" al Consejero Escolar tanto de la participación en el Programa de Calidad como de los objetivos educativos del mismo, contraviene el mencionado precepto de la LEA.
USTEA PIDE UNA "REUNIÓN URGENTE"
Pese a que USTEA presentó un recurso contencioso-administrativo contra cuatro aspectos fundamentales de la orden, el TSJA sólo ha reconocido dos de ellos, el de contradecir la LEA y el de no respetar las competencias de los Consejos Escolares para la aprobación íntegra del Plan de Centro.
Ha desestimado así el que hacía referencia a que la orden no contaba con el informe de Igualdad de Género ni Derechos de la Infancia --el TSJA lo considera obligatorio sólo en Decretos, no en las Órdenes-- y el de que atentaba contra el principio de igualdad entre el alumnado, ya que El ALto Tribunal andaluz no ha considerado a USTEA una organización representiva del alumnado.
Con todo, el sindicato valoró que la anulación del Plan de Calidad es una "buena noticia" porque, a su juicio, "demuestra la falta de diálogo de la Consejería de Educación, que menosprecia la labor y la opinión del profesorado, que incluso fue a la huelga contra el Plan de Calidad".
Por ello, USTEA exigió a la Consejería de Educación una "reunión urgente" para analizar la sentencia, así como la "depuración de responsabilidades" dentro de su departamento y la "distribución quitativa de los recursos humanos, económicos y materiales a los centros y al alumnado, sin discriminaciones de ningún tipo, cumpliendo las normas y leyes y procurando la mejora de la calidad de la escuela pública andaluza".
(NOTICIA DE EUROPA PRESS)